Modelo 347 para autónomos: qué es y cuándo presentarlo en 2026

El modelo 347 es una de las declaraciones informativas que más confusión genera entre los autónomos — muchos no saben si están obligados a presentarlo, qué operaciones deben incluir o qué pasa si no lo presentan. A diferencia del modelo 303 o el modelo 130, el modelo 347 no implica ningún pago — pero ignorarlo tiene consecuencias.

En esta guía te explico qué es el modelo 347 para autónomos, qué operaciones debes declarar, cuándo presentarlo, quién está exento y cómo rellenarlo correctamente.


Qué es el modelo 347 para autónomos

El modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceras personas. A través de este modelo, los autónomos y empresas informan a Hacienda de todas las operaciones económicas realizadas con un mismo cliente o proveedor que hayan superado los 3.005,06€ en el año (IVA incluido).

El modelo 347 para autónomos es una declaración puramente informativa — no genera ningún pago ni devolución. Su función es que la AEAT pueda cruzar los datos declarados por las dos partes de cada operación (el que cobra y el que paga) para detectar inconsistencias.

Si tú declaras que cobraste 10.000€ de un cliente y ese cliente declara que te pagó solo 8.000€, Hacienda detecta la discrepancia y puede iniciar una comprobación.


Quién está obligado a presentar el modelo 347

Están obligados a presentar el modelo 347 para autónomos todos los autónomos y empresas que hayan realizado operaciones con un mismo tercero (cliente o proveedor) por importe superior a 3.005,06€ durante el año, salvo que estén en alguno de los supuestos de exención.

SituaciónObligación modelo 347
Autónomo con clientes/proveedores > 3.005,06€✅ Sí
Autónomo en módulos con facturación ordinaria✅ Sí
Autónomo solo con consumidores finales (particulares)⚠️ Solo si > 3.005,06€ por cliente
Autónomo en módulos (solo actividad en módulos)❌ No
Autónomo con operaciones ya declaradas en otros modelosDepende (ver excepciones)

Qué operaciones NO hay que incluir en el modelo 347

El modelo 347 para autónomos tiene importantes excepciones. No hay que declarar:

  • Operaciones que ya se declaran en otras declaraciones informativas — las operaciones intracomunitarias (modelo 349), las retenciones e ingresos a cuenta (modelo 190/180), etc.
  • Importaciones y exportaciones de bienes
  • Operaciones realizadas al margen de la actividad empresarial o profesional
  • Entregas y adquisiciones de bienes entre particulares
  • Operaciones de seguros con entidades aseguradoras
  • Operaciones con la Seguridad Social

Esto significa que si tienes clientes europeos y ya declaras esas operaciones en el modelo 349, no tienes que incluirlos de nuevo en el modelo 347 para autónomos.


Cuándo se presenta el modelo 347

El modelo 347 para autónomos se presenta una vez al año, en el mes de febrero del año siguiente al ejercicio declarado:

EjercicioPlazo de presentación
Año 2025Febrero 2026
Año 2026Febrero 2027

El plazo exacto dentro de febrero lo fija la AEAT cada año — habitualmente del 1 al 28 de febrero. El modelo 347 se presenta exclusivamente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT.


Cómo rellenar el modelo 347 para autónomos

El modelo 347 para autónomos tiene dos partes principales:

Parte 1: Datos del declarante

Tus datos como autónomo: NIF, nombre o razón social, ejercicio fiscal declarado, número de registros incluidos y el importe total de las operaciones declaradas.

Parte 2: Relación de operaciones

Por cada cliente o proveedor con el que hayas superado los 3.005,06€ en el año debes declarar:

CampoDescripción
NIF del terceroCIF o NIF del cliente o proveedor
Nombre o razón socialNombre completo
ProvinciaCódigo de provincia del tercero
Importe total de operacionesTotal anual de operaciones con ese tercero (IVA incluido)
Importe percibido en metálicoSi recibiste más de 6.000€ en efectivo de ese tercero
Operaciones con inversión del sujeto pasivoSi aplica
Arrendamiento de inmueblesSi aplica

Los importes se declaran por trimestres — no solo el total anual sino desglosado por trimestre. Esto permite a Hacienda cruzar los datos con los modelos 303 trimestrales que ya presentaste.


El umbral de 3.005,06€: cómo calcularlo

El umbral del modelo 347 para autónomos es de 3.005,06€ por tercero durante el año completo, no por operación. Esto significa:

  • Si tienes 50 clientes que te pagan 100€ cada uno → ninguno supera el umbral → no declaras a ninguno
  • Si tienes 1 cliente que te paga 3.100€ → supera el umbral → lo declaras
  • Si tienes 1 cliente que te paga en 20 facturas de 200€ cada una → suma 4.000€ → supera el umbral → lo declaras

El cálculo incluye el IVA. Si un cliente te ha pagado facturas por 2.500€ de base + 525€ de IVA = 3.025€ total, supera el umbral y debe incluirse en el modelo 347 para autónomos.


Qué pasa si no presentas el modelo 347

No presentar el modelo 347 para autónomos cuando estás obligado o presentarlo con datos incorrectos tiene consecuencias:

InfracciónSanción
No presentar el modelo 34720€ por cada dato omitido, mínimo 300€
Presentarlo fuera de plazo sin requerimiento20€ por dato, mínimo 150€
Presentarlo con datos incorrectos20€ por dato incorrecto, mínimo 150€

Dado que el modelo 347 es informativo y no implica pago, muchos autónomos lo ignoran pensando que no tiene consecuencias. Las sanciones son reales aunque no sean las más elevadas del sistema fiscal.


Modelo 347 y el libro de registro de facturas

El modelo 347 para autónomos se prepara directamente desde los datos de tu libro de registro de facturas emitidas y recibidas. Si llevas el registro al día durante el año, preparar el modelo 347 es simplemente agrupar las facturas por cliente o proveedor y sumar los importes anuales.

Si no llevas el registro al día y tienes que reconstruirlo en febrero, el proceso es mucho más laborioso. Esta es una razón más para mantener el libro de registro actualizado todo el año.

Para entender cómo llevar el libro de registro correctamente, consulta nuestra guía sobre el libro de registro de facturas.


Preguntas frecuentes sobre el modelo 347 para autónomos

¿Tengo que presentar el modelo 347 si solo tengo clientes particulares?

Sí, si alguno de esos clientes particulares te ha pagado más de 3.005,06€ durante el año. El umbral aplica independientemente de si el tercero es empresa o particular.

¿El modelo 347 para autónomos incluye el IVA en los importes?

Sí. Los importes que declaras en el modelo 347 para autónomos incluyen el IVA — es el importe total cobrado o pagado, no la base imponible. Esto es diferente al modelo 303 donde declaras las bases imponibles sin IVA.

¿Qué pasa si yo declaro una cantidad y mi cliente declara otra diferente?

Hacienda cruza los datos de ambas declaraciones. Si hay una discrepancia puede enviar un requerimiento de aclaración a una o a las dos partes. No es automáticamente una sanción — puede haber diferencias legítimas por el momento de reconocimiento de la operación — pero hay que estar preparado para justificarla.

¿Tengo que presentar el modelo 347 si no he superado el umbral con ningún tercero?

No. Si ningún cliente ni proveedor ha superado los 3.005,06€ durante el año, no tienes obligación de presentar el modelo 347 para autónomos. El modelo solo se presenta cuando hay al menos un tercero que supera ese umbral.


Modelo 347 para autónomos con operaciones en metálico

El modelo 347 para autónomos tiene una obligación adicional específica para los cobros en efectivo: si has recibido más de 6.000€ en metálico de un mismo tercero durante el año, debes declarar expresamente ese importe en el modelo 347.

Esta declaración es independiente del umbral general de 3.005,06€ — es decir, aunque no superes ese umbral con ese cliente, si has cobrado más de 6.000€ en efectivo, debes declararlo.

Esta medida forma parte de los controles de Hacienda para prevenir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. Los pagos en efectivo superiores a 1.000€ entre empresarios ya están limitados por ley — cualquier pago entre profesionales o empresas que supere ese importe debe hacerse mediante transferencia, tarjeta u otro medio bancario.


Cómo preparar el modelo 347 para autónomos con muchos clientes

Si tienes un volumen elevado de clientes, preparar el modelo 347 para autónomos puede ser un proceso largo si no tienes los datos organizados. El proceso más eficiente:

Paso 1: Exporta todas las facturas emitidas del año desde tu software de facturación o libro de registro — con el NIF del cliente, el importe y la fecha.

Paso 2: Agrupa las facturas por NIF de cliente y suma los importes anuales (con IVA incluido).

Paso 3: Filtra los clientes que superan los 3.005,06€ — esos son los que van en el modelo 347 para autónomos.

Paso 4: Repite el proceso con las facturas recibidas (proveedores) para identificar los proveedores que superan el umbral.

Paso 5: Cruza los datos — algunos terceros pueden aparecer tanto como clientes como proveedores si hay operaciones en ambos sentidos. En ese caso se declaran por separado (operaciones realizadas y operaciones recibidas).

Si usas software de facturación, este proceso puede automatizarse casi completamente — el software genera el fichero del modelo 347 directamente a partir de los registros del año.


Modelo 347 para autónomos en comunidades de propietarios

Las comunidades de propietarios tienen obligación de presentar el modelo 347 cuando sus pagos a un mismo proveedor superan los 3.005,06€ anuales. Si eres autónomo que trabaja habitualmente con comunidades de propietarios (fontanero, electricista, jardinero, administrador de fincas), es probable que la comunidad te incluya en su modelo 347.

Esto es importante porque Hacienda cruzará los datos de lo que la comunidad declara haber pagado con lo que tú declaras haber cobrado. Asegúrate de que los importes cuadran — especialmente si alguna comunidad te paga en efectivo o con retraso entre ejercicios.

Para entender cómo afecta esto a tus obligaciones de registro, consulta nuestra guía sobre el libro de registro de facturas y las obligaciones fiscales del autónomo.


Conclusión

El modelo 347 para autónomos es una declaración informativa anual que, aunque no implica pago, es obligatoria cuando tienes operaciones con clientes o proveedores que superan los 3.005,06€ anuales. Presentarlo correctamente con los datos cruzados de tu libro de registro de facturas es sencillo si llevas la contabilidad al día durante el año.

Para tener claras todas tus obligaciones fiscales como autónomo — tanto las que implican pago como las informativas — consulta nuestra guía completa sobre obligaciones fiscales del autónomo.

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